Home Información General IMPEPAC: “no está concluido asunto de Ulises Bravo”. Compete al TEEM.

IMPEPAC: “no está concluido asunto de Ulises Bravo”. Compete al TEEM.

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El órgano electoral en Morelos señaló que no es la instancia competente para dictar sentencia en los casos de violencia política en razón de género, sino que es el Tribunal Estatal Electoral(TEEM), en razón de lo anterior hay un asunto en curso que fue admitido únicamente para iniciar una investigación.

Dicho asunto “se encuentra en etapa preliminar y por tanto, aún no ha sido dictada resolución alguna en la cual se haya determinado la acreditación de la infracción y sanción, o en su caso, se haya ordenado a este Instituto, como medida reparatoria, la inscripción de alguna persona dentro del Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas por violencia Política en Razón de Género”.

En el caso específico de la queja de una ciudadana, “denunciando posibles hechos que pueden constituir violencia política en razón de género hacia su persona, por parte del  ciudadano Ulises Bravo Molina; se radicó dicho asunto bajo el número de expediente IMPEPAC/CEE/CEPQ/PES/015/2023; mismo que a la fecha se encuentra en investigación preliminar”. 

Y derivado de la solicitud de medidas de protección solicitadas por la parte quejosa, la Comisión Ejecutiva Permanente de Quejas del IMPEPAC “determinó procedente la misma como una medida provisional y urgente, para el efecto de garantizar su integridad física, hasta en tanto se determine sobre la admisión y la sustanciación del referido asunto, destacando que las medidas cautelares y medidas de protección se dictan de manera temporal en atención al Protocolo para la Atención de la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, sin que ello simbolice un pronunciamiento respecto a la existencia de los actos denunciados”.

Toda vez que ese Instituto únicamente se encarga de la tramitación de las quejas que versan sobre actos de posible violencia política contra la mujer en razón de género, por lo que una vez concluida la investigación y previa audiencia de las partes, se remiten las actuaciones al Tribunal Electoral del Estado de Morelos, quien es el órgano competente para resolver el asunto y dictar la sentencia correspondiente”.

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